Notas del Transcriptor

—Se han respetado la grafía y la acentuación del original, así como las inconsistencias en éstas.

—Se han corregido los errores obvios de imprenta.

—Algunos «DOCUMENTOS» contienen únicamente el título.

—Las notas al pie de página se han renumerado.

—En el original, la referencia bibliográfica referente al documento Núm. 105 está incompleta mientras que la del documento Núm. 120 no coincidecon la mostrada en el índice de documentos. Así mismo, en el índice de personas, la entrada «Ramírez, El licenciado Sebastián» no refiere a página alguna.

—En las cifras en números romanos impresas en versalita en el original, el tamaño de la letra U (1000) es, en ocasiones, mayor al del resto.Ciertos navegadores y lectores de libros electrónicos podrían mostrar en mayúsculas el texto en versalita.

—En el índice de personas, la grafía del texto original aparece, en ocasiones, normalizada a esa de la época de impresión,e.g. «fernand-alvarez de toledo» en el original frente a «Fernando Álvarez de Toledo» en el índice.

—Los índices se encuentran al final del libro y son accesibles mediante los enlaces:«DOCUMENTOS» y «PERSONAS».

—Las páginas en blanco presentes en el original se han eliminado en la versión electrónica.


[i]

COLECCIÓN

DE

DOCUMENTOS INÉDITOS

DE ULTRAMAR.


[iii]

COLECCIÓN
DE
DOCUMENTOS INÉDITOS
RELATIVOS AL DESCUBRIMIENTO, CONQUISTA Y ORGANIZACIÓN
DE LAS
ANTIGUAS POSESIONES ESPAÑOLAS DE ULTRAMAR.


SEGUNDA SERIE

PUBLICADA POR LA REAL ACADEMIA DE LA HISTORIA.


TOMO NÚM. 9.


II

DE LOS DOCUMENTOS LEGISLATIVOS.


MADRID

ESTABLECIMIENTO TIPOGRÁFICO «SUCESORES DE RIVADENEYRA»

IMPRESORES DE LA REAL CASA

Paseo de San Vicente, 20


1895


[v]

ENSAYO HISTÓRICO

SOBRE LA

LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS ESPAÑOLES DE ULTRAMAR

X.
ÚLTIMAS DISPOSICIONES LEGISLATIVAS DEL REYDON FERNANDO EL CATÓLICO.

Aunque en los párrafos anteriores van referidas las disposicionesmás importantes adoptadas por el Rey Católicopara el régimen y gobierno de las tierras que se iban descubriendoen el nuevo mundo, haremos mención de otrasdel mismo monarca, y entre ellas de la provisión dada el15 de Junio de 1510 en la villa de Monzón, en la que semanda que ninguno traiga ni envíe oro ni plata de

...

BU KİTABI OKUMAK İÇİN ÜYE OLUN VEYA GİRİŞ YAPIN!


Sitemize Üyelik ÜCRETSİZDİR!